jueves, 13 de agosto de 2009

Recordatorio Formulario A.F.I.P. N° 960 - R.G. 2.611

Recordamos que en el marco del programa IVA y VUELTA, se apruebó el Formulario N° 960 de exhibición obligatoria para los sujetos que realicen ventas, locaciones y prestaciones de servicios a consumidores finales. Los sujetos que realicen ventas de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios a consumidores finales, deben exhibir el Formulario 960.
¿Dónde y cómo exhibirlo?
El Formulario 960 debe ser:
  • exihibido en los locales de venta, locación o prestación de servicios -incluyendo los locales descubiertos-, salas de esperas, oficinas o áreas de recepción y demás ámbitos similares, y
  • ubicado en un lugar visible y destacado, próximo a aquel donde se realice el pago de la operación respectiva, sin que otros formularios, carteles, avisos, letreros, etc. impidan su rápida visualización.