lunes, 7 de septiembre de 2009

Buenos Aires (Ciudad). Ingresos brutos. Régimen de percepción. Fabricantes, productores, mayoristas y/o distribuidores de todo tipo de productos

Se establece un régimen de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, mediante el cual los fabricantes, productores, mayoristas y/o distribuidores de todo tipo de productos y/o prestadores de servicios que se encuentren incluidos en la nómina de agentes de recaudación -R. (SHyF Bs. As. cdad.) 430/2001- y efectúen operaciones de venta al contado y en dinero en efectivo con responsables del impuesto locales o de convenio multilateral por un importe superior a $ 1.000, deberán realizar una percepción del 3% sobre el importe neto que le facturen al sujeto percibido, manteniéndose vigente el resto de la normativa respecto a los distintos regímenes de recaudación.Por último, destacamos que el citado régimen entrará en vigencia el 1/10/2009.
RESOLUCIÓN (Adm. Gubernamental de Ingresos Públicos Buenos Aires (Ciudad)) 569/2009
BO (Buenos Aires (Ciudad)): 07/09/2009