viernes, 30 de octubre de 2009

Trabajo y Previsión Social. Asignación Universal por Hijo para Protección Social. Creación. Vigencia

Se instituye la Asignación Universal por hijo para Protección Social de $ 180 a partir del 1 de noviembre de 2009.Recibirán el beneficio aquellos niños, niñas y adolescentes residentes en la República Argentina, que no tengan otra asignación familiar prevista por la ley 24714 y pertenezcan a grupos familiares que se encuentren desocupados o se desempeñen en la economía informal.Asimismo, quedan alcanzados los monotributistas sociales.Quedan excluidos los trabajadores que se desempeñen en la economía informal, percibiendo una remuneración superior al salario mínimo, vital y móvil (actualmente $ 1.440 y a partir del 1/1/2010: $ 1.500).La prestación se abonará hasta un máximo acumulable de cinco menores por grupo familiar. Los pagos se realizarán mensualmente a través de la Anses, organismo que, además, estará a cargo del otorgamiento y del seguimiento de los beneficios. El 80 por ciento de la citada asignación la percibirán los padres de los beneficiarios, en tanto el 20 por ciento restante lo cobrarán por caja de ahorro a nombre del titular en el Banco Nación y mediante tarjeta magnética sin ningún costo, acumulado en el mes de marzo, a cambio de un certificado de escolaridad del año anterior y del cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación. La falta de acreditación producirá la pérdida del beneficio. La percepción de las prestaciones previstas en el presente decreto resultan incompatibles con el cobro de cualquier suma originada en Prestaciones Contributivas o No Contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo las prestaciones de las leyes 24013 (Ley Nacional de Empleo), 24241 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) y 24714 (Asignaciones Familiares).
DECRETO (Poder Ejecutivo) 1602/2009
BO: 30/10/2009