Se establece que los contribuyentes y/o representantes que tramiten la solicitud de la Clave Ciudad deberán hacerlo obligatoriamente en la delegación que la Dirección General de Rentas posee en el Centro de Gestión y Participación Comunal que le corresponde a su domicilio fiscal, exceptuando a los grandes contribuyentes y sus representantes, los cuales deberán gestionar la solicitud de la citada clave en la Sede Central de la mencionada Dirección General. Por su parte, se unifica determinada documentación requerida para solicitar la citada clave con el fin de asegurar la identificación unívoca del responsable y del contribuyente.
RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas Buenos Aires (Ciudad)) 4187/2009
BO (Buenos Aires (Ciudad)): 27/11/2009
RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas Buenos Aires (Ciudad)) 4187/2009
BO (Buenos Aires (Ciudad)): 27/11/2009
