Se efectúan modificaciones relacionadas con la obtención del CVDI necesario para quedar excluidos de las alícuotas incrementadas en los regímenes de percepción del IVA y ganancias para operaciones de importación.Entre las principales modificaciones, señalamos:* No podrán obtener el certificado los sujetos obligados a emitir comprobantes de venta tipo "M";* Se aclara que es requisito para solicitar el certificado estar habilitado para operar en el Registro de importadores y exportadores;* Los solicitantes deberán tener una antigüedad mínima de 3 meses como contribuyentes a la fecha de solicitud;* Se establece como requisito haber cumplido con el régimen de información sobre participaciones societarias -RG (DGI) 4120-;* Se establecen como nuevas causales de caducidad e inhabilitación del CVDI:a) Cuando se registre la presentación rectificativa de las DDJJ de IVA por los períodos considerados para la obtención del certificado, con una diferencia a favor del Fisco igual o superior -entre débitos y créditos- al 20% de lo declarado;b) Cuando el Fisco detecte la falsedad de la información suministrada que hace al otorgamiento del CVDI u otras irregularidades fiscales;* Los sujetos que incurran en causales de caducidad del CVDI quedarán inhabilitados para solicitar uno nuevo por el plazo de 6 meses contado a partir del día inmediato a la notificación del citado acto.
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 2715
BO: 30/11/2009
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 2715
BO: 30/11/2009
