lunes, 30 de noviembre de 2009

Regímenes Especiales. Automotores para personas con capacidades diferentes. Franquicias impositivas

Se sustituye el marco normativo para la adquisición de automotores con franquicias impositivas por parte de personas con capacidades diferentes. Entre las principales modificaciones, señalamos:A partir del 1/1/2010 los interesados, su representante legal u apoderado con poder especial deberá presentar los siguientes nuevos elementos:a) Respecto del beneficiario y de los integrantes del grupo familiar:1- Detalle de las fuentes generadoras de ingresos durante los últimos doce meses inmediatos anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y los domicilios en los cuales se ejercen. Los ingresos provenientes de actividades autónomas se expresarán netos de costos y gastos necesarios para su obtención. No será necesario detallar los ingresos en relación de dependencia comprendidos en el sistema SIPA;2- Detalle del patrimonio al 31 de diciembre del año anterior a la fecha de presentación de la solicitud;b) Detalle del vehículo que se pretende adquirir;c) Aclarar si ejerce la opción de despacho a plaza por otro sujeto distinto a la terminal o concesionario proveedor de la unidad;d) Gastos relativos a fletes, seguros, aranceles, estadías, honorarios, etc.El juez administrativo resolverá dentro del plazo de 15 días hábiles administrativos teniendo en cuenta la capacidad económica del beneficiario y de su grupo familiar, como también los datos consignados en las declaraciones juradas impositivas y de los recursos de la seguridad social cuya presentación pudiera corresponder.Las solicitudes interpuestas con anterioridad a la vigencia del presente régimen serán tramitadas de acuerdo con la normativa vigente al momento de iniciado el trámite, salvo que los interesados opten por realizar una nueva solicitud conforme al presente procedimiento.
RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 2714
BO: 30/11/2009