Se establece que la constancia del valor inmobiliario de referencia (VIR) emitida para cada partida inmobiliaria, tendrá una vigencia de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de emisión de misma aún en los casos en que el citado valor de referencia se encuentre informado. Recordamos que el valor inmobiliario de referencia (VIR) para los inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe ser consultado para la liquidación del impuesto de sellos -R. (AGIP Bs. As. cdad.) 67/2010-.
RESOLUCIÓN (Adm. Gubernamental de Ingresos Públicos Buenos Aires (Ciudad)) 320/2010
BO (Buenos Aires (Ciudad)): 17/06/2010
RESOLUCIÓN (Adm. Gubernamental de Ingresos Públicos Buenos Aires (Ciudad)) 320/2010
BO (Buenos Aires (Ciudad)): 17/06/2010
