Se establece un régimen de facilidades de pago del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y a los automotores que se encuentren en instancia de ejecución judicial, el cual se extiende hasta el 31/10/2010. Entre sus principales características, se destacan: * El importe de las cuotas no podrá ser inferior a $ 80, en el caso de deudas de impuesto inmobiliario y automotores, y a $ 160, en el caso del impuesto sobre los ingresos brutos y sellos. * Las modalidades de pago son al contado en un solo pago o en cuotas, con un anticipo del 5% de la deuda y el saldo en hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. * Vencimientos: - Pago al contado en un solo pago: 15 días corridos contados desde la fecha de formalización del acogimiento.- Anticipo del 5% para el pago en cuotas: a los 5 días hábiles contados desde la fecha de formalización del acogimiento. - Pagos restantes: vencen en forma mensual y consecutiva el día 10 de cada mes o inmediato posterior hábil.
RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 60/2010
RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 60/2010
