Se establece que la retención del impuesto sobre los ingresos brutos que deberá efectuar el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a sus proveedores, locadores o contratistas, según lo dispuesto por resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 200/2008, se realizará sobre facturas o documentos equivalentes que superen los $ 100.
RESOLUCIÓN (Adm. Gubernamental de Ingresos Públicos Buenos Aires (Ciudad)) 698/2010
BO (Buenos Aires (Ciudad)): 06/12/2010
RESOLUCIÓN (Adm. Gubernamental de Ingresos Públicos Buenos Aires (Ciudad)) 698/2010
BO (Buenos Aires (Ciudad)): 06/12/2010
