lunes, 24 de enero de 2011

Buenos Aires (Ciudad). Ley tarifaria 2011

Se establecen las alícuotas, mínimos y demás valores aplicables para el período fiscal 2011. En el impuesto sobre los ingresos brutos destacamos que, en general, continúa el incremento de alícuotas dispuesto por la ley (Bs. As. cdad.) 3463 - BO: 1/7/2010. Por otra parte, entre las modificaciones introducidas, destacamos que en dicho impuesto se fija una alícuota del 3,75% para las actividades de comercialización (mayorista y minorista), de prestaciones de obras y/o servicios cuyos ingresos brutos anuales en el ejercicio fiscal anterior superen los $ 30.000.000. Asimismo, cuando estos ingresos superen los $ 40.000.000, la alícuota será del 4%. En ambos casos, se exceptúan las actividades de comercialización minorista de artículos de tocador y de limpieza. Recordamos que en la última modificación sólo se aplicaba la alícuota del 4% para los ingresos superiores a $ 30.000.000.
LEY (Poder Legislativo Buenos Aires (Ciudad)) 3751
BO (Buenos Aires (Ciudad)): 21/01/2011