La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires establece, hasta el 28/2/2011, un régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y automotores, vencidas o devengadas al 31/12/2009. Entre sus características más importantes, destacamos: * El acogimiento podrá realizarse personalmente en las oficinas de ARBA, telefónicamente, por correo electrónico o a través del sitio Web www.arba.gov.ar. * Las modalidades de pago son al contado o en cuotas con un anticipo del 5% de la deuda y el saldo en hasta 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. * El importe mínimo de cada cuota no podrá ser inferior a $ 80 para deudas del impuesto inmobiliario o a los automotores, y de $ 160 para deudas del impuesto sobre los ingresos brutos o de sellos. * Vencimientos: - Pago al contado: 15 días corridos contados desde la fecha de formalización del acogimiento. - Anticipo del 5% para el pago en cuotas: a los 5 días hábiles contados desde la fecha de formalización del acogimiento, excepto para el caso de acogimientos realizados vía Web, el cual vencerá a los tres días corridos de haberse efectuado. - Pagos restantes: vencen en forma mensual y consecutiva el día 10 de cada mes o inmediato posterior hábil.
RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 87/2010
RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 87/2010
