La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires establece un nuevo procedimiento para la presentación y/o pago de las obligaciones de los agentes de recaudación excluidos los Bancos y entidades financieras.
La nueva operatoria deberá realizarse desde la página Web de “ARBA” (www.arba.gov.ar) utilizando el CUIT y la Clave de Identificación Tributaria (CIT) y podrá hacerse en sesiones sucesivas ingresando el detalle de retenciones y percepciones realizadas en el período de manera individual o a través de la transmisión electrónica de datos en lotes.
Los Bancos y entidades financieras deberán utilizar el aplicativo "Agentes de Recaudación Bancos (AR-Bancos)" para el cumplimiento de todas sus obligaciones como agentes de recaudación del Impuesto sobre los ingresos brutos.
Por último, destacamos que el nuevo procedimiento es aplicable respecto a retenciones y percepciones provenientes de operaciones efectuadas a partir del 1 de agosto de 2011. RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 38/2011
La nueva operatoria deberá realizarse desde la página Web de “ARBA” (www.arba.gov.ar) utilizando el CUIT y la Clave de Identificación Tributaria (CIT) y podrá hacerse en sesiones sucesivas ingresando el detalle de retenciones y percepciones realizadas en el período de manera individual o a través de la transmisión electrónica de datos en lotes.
Los Bancos y entidades financieras deberán utilizar el aplicativo "Agentes de Recaudación Bancos (AR-Bancos)" para el cumplimiento de todas sus obligaciones como agentes de recaudación del Impuesto sobre los ingresos brutos.
Por último, destacamos que el nuevo procedimiento es aplicable respecto a retenciones y percepciones provenientes de operaciones efectuadas a partir del 1 de agosto de 2011. RESOLUCIÓN NORMATIVA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires Bs. As.) 38/2011
