viernes, 8 de julio de 2011

Convenio Multilateral. Entidades emisoras, comercializadoras, administradoras y/o licenciatarias del sistema de tarjetas de créditos.

Aclaración sobre la distribución de los ingresos provenientes de servicios prestados
La Comisión Arbitral establece el criterio que deben tener en cuenta las entidades emisoras, comercializadoras, administradoras y/o licenciatarias del sistema de tarjetas de crédito para la distribución de los ingresos provenientes de los servicios prestados por dicha actividad.
Señalamos que las disposiciones comentadas resultan de aplicación para la determinación de los coeficientes que se apliquen a partir del ejercicio fiscal 2012.
RESOLUCIÓN GENERAL (Com. Arbitral Convenio Multilateral) 3/2011
BO: 08/07/2011