Se establece la obligatoriedad de colocar en las facturas y tickets emitidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una leyenda en forma legible y destacada que indique “Teléfono Gratuito CABA, Área de Defensa y Protección al Consumidor” y el número telefónico gratuito 147 del Gobierno de la Ciudad.
Por su parte se fija como norma de aplicación de sanciones ante incumplimientos a la norma comentada, la ley 22802 de lealtad comercial.
Por su parte se fija como norma de aplicación de sanciones ante incumplimientos a la norma comentada, la ley 22802 de lealtad comercial.
| LEY (Poder Legislativo Buenos Aires (Ciudad)) 3896 |
| BO (Buenos Aires (Ciudad)): 31/10/2011 |
