Incorporación de tributos provinciales y de sanciones pecuniarias a las personas jurídicas
| Se modifica el régimen penal tributario vigente, destacándose la elevación sustancial de los montos evadidos para su aplicación, la incorporación de los tributos provinciales y la aplicación de sanciones pecuniarias a las personas jurídicas, con independencia de las sanciones que pueden corresponderles a los administradores o directores. |
|
