Se sustituye el procedimiento que se deberá realizar para adquirir automotores para personas con capacidades diferentes.
A tal efecto, se establece que los interesados deberán presentar la “Constancia de Reconocimiento de Capacidad Económica”, la cual se solicitará a la AFIP previamente a gestionar el beneficio, a través del sitio Web de la Administración ingresando al servicio “Sistema de Protección Integral de Personas con Discapacidad - Reconocimiento de Capacidad Económica de los Solicitantes del Beneficio” confirmando el inicio de la solicitud. En caso de ser aceptada el beneficiario deberá presentar la documentación correspondiente dentro de los 12 días corridos contados a partir del día inmediato siguiente al de inicio formal del trámite.
Asimismo el solicitante deberá presentar una factura pro-forma, la cual deberá ser emitida por el potencial proveedor del vehículo conteniendo todos los datos del vehículo, su valor, forma de pago, entre otros.
Por último destacamos que las disposiciones comentadas resultan de aplicación a partir del 1/3/2012. Las solicitudes presentadas con anterioridad a dicha fecha se tramitarán conforme a la normativa vigente a la fecha de su presentación, sin embargo entre el 1 y el 7 de marzo de 2012 el interesado podrá optar por realizar una nueva solicitud a través del nuevo procedimiento dispuesto por esta normativa.
A tal efecto, se establece que los interesados deberán presentar la “Constancia de Reconocimiento de Capacidad Económica”, la cual se solicitará a la AFIP previamente a gestionar el beneficio, a través del sitio Web de la Administración ingresando al servicio “Sistema de Protección Integral de Personas con Discapacidad - Reconocimiento de Capacidad Económica de los Solicitantes del Beneficio” confirmando el inicio de la solicitud. En caso de ser aceptada el beneficiario deberá presentar la documentación correspondiente dentro de los 12 días corridos contados a partir del día inmediato siguiente al de inicio formal del trámite.
Asimismo el solicitante deberá presentar una factura pro-forma, la cual deberá ser emitida por el potencial proveedor del vehículo conteniendo todos los datos del vehículo, su valor, forma de pago, entre otros.
Por último destacamos que las disposiciones comentadas resultan de aplicación a partir del 1/3/2012. Las solicitudes presentadas con anterioridad a dicha fecha se tramitarán conforme a la normativa vigente a la fecha de su presentación, sin embargo entre el 1 y el 7 de marzo de 2012 el interesado podrá optar por realizar una nueva solicitud a través del nuevo procedimiento dispuesto por esta normativa.
| RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3247 |
| BO: 09/01/2012 |
