viernes, 8 de julio de 2011

Trabajo y Previsión Social. Obras sociales. Prohibición de suscribir contratos de fideicomiso de administración

Se establece que los agentes comprendidos en el Sistema Nacional de Agentes del Seguro de Salud, regulados por las leyes 23660 (ley de obras sociales) y 23661 (ley del sistema nacional del seguro de salud), no podrán suscribir contratos de fideicomiso de administración en los términos de la ley 24441 (ley de financiamiento de la vivienda y la construcción).
RESOLUCIÓN (Superint. Servicios de Salud) 615/2011
BO: 08/07/2011