jueves, 5 de agosto de 2010

Buenos Aires (Ciudad). Régimen de regularización de obligaciones tributarias en mora. Reglamentación

Se completa la reglamentación del régimen de regularización de obligaciones tributarias en mora, dispuesto por la ley (Bs. As. cdad.) 3461. Entre sus principales características, destacamos: * Para realizar el acogimiento al régimen, los contribuyentes deberán utilizar el aplicativo que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos pone a disposición en la página web mediante el uso de la clave ciudad, excepto para el caso de deudas originadas en diferencias de valuación de inmuebles y cuando se trate de obligaciones en instancia judicial. * Cuando se opte por la modalidad de pago al contado el vencimiento para ingresar el pago se producirá el día 10 del mes siguiente al que se formalizó el acogimiento. * Cancelación en cuotas: el vencimiento del anticipo opera el segundo día hábil de generada la solicitud de acogimiento, la primera cuota el día 10 del mes siguiente al que se realizó el acogimiento y las restantes cuotas los días 10 de cada uno de los siguientes meses. Recordamos que esta norma fue adelantada mediante el E-report del día 2/8/2010.
RESOLUCIÓN (Dir. Gral. Rentas Buenos Aires (Ciudad)) 2821/2010
BO (Buenos Aires (Ciudad)): 04/08/2010