Se otorga un subsidio extraordinario para los jubilados y pensionados que será recibido junto con los haberes jubilatorios y de pensión del mes de diciembre de 2009 y la segunda cuota del aguinaldo, cuyo monto implica un “bono” adicional de hasta $ 350 para los que cobran la jubilación o pensión mínima y en forma escalonada, de manera descendente, hasta los que perciben beneficios de $ 1.500 mensuales. El citado subsidio será abonado, por única vez, en el mes de diciembre de 2009 y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.
DECRETO (Poder Ejecutivo) 1879/2009
BO: 03/12/2009
DECRETO (Poder Ejecutivo) 1879/2009
BO: 03/12/2009
