lunes, 14 de junio de 2010

Procedimiento Fiscal. Productores agropecuarios. Acreditación de inexistencia de deuda con la AFIP ante la ONCCA

La ONCCA establece que, hasta tanto no exista un mecanismo mediante el cual pueda consultar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y previsionales de los interesados, la acreditación de inexistencia de deuda con la AFIP se efectuará a través del Certificado Fiscal para Contratar.
RESOLUCIÓN (Oficina Nac. Control Comercial Agropecuario) 1625
BO: 14/06/2010